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Consejo Andaluz

Comisiones del Consejo Andaluz de Trabajo Social

miércoles 20 de julio de 2022 CATS

Actualmente el Consejo Andaluz de Trabajo Social cuenta con cuatro Comisiones.

-Comisión de Servicios Sociales y Dependencia.

-Comisión de Salud.

-Comisión de Educación.

-Comisión de Emergencias.

1. NATURALEZA DE LAS COMISIONES

Los colegios profesionales en Andalucía están organizados en el ámbito provincial, pero cada vez es más importante la dimensión autonómica por las competencias que la Comunidad Autónoma tiene en diferentes ámbitos de actuación profesional del trabajo social, como son la salud, la educación, los servicios sociales, las emergencias, la vivienda, etc. Por ese motivo, en el contexto de colaboración y cooperación entre colegios profesionales que constituye la razón de ser del Consejo Andaluz, es necesario crear espacios de trabajo entre colegios que permitan, por un lado, tener una incidencia en los diferentes ámbitos autonómicos y, por otro, intercambiar experiencias, reflexiones, buenas prácticas, etc., que reviertan en los diferentes colegios profesionales que constituyen el Consejo Andaluz.

2. FINALIDAD

Las Comisiones tienen como finalidad estudiar, analizar, debatir y promover actuaciones acerca de aspectos relacionados con el Trabajo Social y sus ámbitos de intervención, así como de aspectos relacionados con los Derechos Humanos y de Ciudadanía desde una perspectiva constructiva y no decisoria. Asimismo prestarán asesoramiento, apoyo y colaboración a la Junta de Gobierno y a la Asamblea del Consejo Andaluz de Trabajo Social.

4. COMPONENTES DE LA COMISIÓN

Las Comisiones permanentes deberán estar constituidas por al menos cinco personas de cinco colegios diferentes.
Cada colegio podrá elegir a las personas que considere oportuno para formar parte de las comisiones de trabajo, siendo un requisito imprescindible la colegiación en uno de los colegios profesionales de Andalucía.

Teniendo en cuenta que las Comisiones son grupos de trabajo y no de formación, cada colegio velará para que las personas que elige para formar parte de ellas tengan la formación como expertos o la capacitación necesaria para las tareas que en ellas se realizan.

En este sentido, por el buen funcionamiento y operatividad de las mismas, sería conveniente que los/as componentes de las Comisiones desarrollen su actividad laboral en el ámbito del área de la Comisión en cuestión.

5. PERSONA COORDINADORA

La persona coordinadora de cada comisión permanente será elegida por la Asamblea del Consejo Andaluz y dicho cargo deberá renovarse con cada mandato, al ir vinculadas las comisiones a la actividad de ésta. El procedimiento a seguir será el siguiente:

1. Se enviará una convocatoria a los Colegios en la que se pedirá que aquel colegio que lo desee, puede presentar una candidatura para coordinar la comisión. Cada colegio seguirá el procedimiento que considere adecuado, en virtud de su autonomía, para la presentación de la candidatura.

2. La propuesta que realice cada colegio deberá incluir un breve curriculum vitae de la persona.

3. Una vez pasado el plazo de candidaturas, se enviarán a todos los colegios.

4. La elección se realizará en una asamblea del Consejo Andaluz.

Las funciones de la persona coordinadora serán:

1. Moderar y convocar las reuniones del grupo, elaborando el orden del día de las reuniones.

2. Servir de enlace entre quienes componen el grupo para evitar duplicidades de trabajo y errores.

3. Mantener actualizada la lista de personas que participan en la comisión, informando a la asesoría técnica del Consejo Andaluz de cualquier variación.

4. Trasladar a la Junta de Gobierno la información sobre el funcionamiento del grupo, así como las actas de las reuniones que se mantengan.

5. Llevar un registro de los trabajos realizados y las tareas pendientes.

6. Controlar la participación y dedicación de cada componente.

7. Velar por el cumplimiento del calendario de trabajo establecido por el grupo.

8. Proponer al grupo la adopción de las medidas oportunas para resolver los problemas que se generen en la dinámica del equipo.

6. FUNCIONAMIENTO

Las comisiones plantearán la periodicidad de las reuniones, según las tareas previstas a realizar. En todo caso, el número mínimo de reuniones de cada comisión a lo largo del año natural será de tres para garantizar un mínimo de actividad y compromiso.

Se celebrará una reunión a principio de año (virtual o presencial) en la que se evaluará el trabajo realizado, y la programación prevista para el año en curso. Las comisiones permanentes deberán elaborar una memoria anual que se entregará antes del 30 de enero de cada año.

En el caso de las reuniones presenciales, será de un máximo de una anual, pudiendo llegar a ser dos en caso excepcional. El Consejo Andaluz de Trabajo Social velará por la alternancia geográfica del lugar de celebración de cada reunión.
Se realizarán actas de todas las reuniones. Cada comisión decidirá cómo se asume la secretaría dentro del grupo.

Se mantendrá al menos una reunión de coordinación a mitad de año de las personas coordinadoras de las diferentes comisiones y la Junta de Gobierno del Consejo Andaluz.

7. DISOLUCIÓN

La propuesta de disolución se adoptará por cualquiera de estos motivos:

Por decisión de la Junta de Gobierno.

No interés para el trabajo social de la temática de la Comisión.

Por fin de mandato de la Junta de Gobierno. Las Comisiones permanentes deben renovarse con cada mandato de Junta al ir vinculadas a la actividad de una Junta de Gobierno.

8. DERECHOS Y DEBERES

Derechos de las personas participantes:
1. Ser informados de la marcha de las actuaciones objeto de la comisión.

2. Realizar cuantas aportaciones considere oportunas para el buen desarrollo de la Comisión.

3. Participar activamente en la organización de las actividades de la Comisión.

4. Utilizar las infraestructuras y medios necesarios para el desarrollo de la actividad (en función de la disponibilidad existente).

Deberes de las personas participantes en las comisiones:
1. Asistir a las reuniones a las que se les convoque, salvo causa mayor justificada.

2. Asumir la secretaría cuando corresponda.

3. Realizar cuantas tareas les sean encomendadas por acuerdo del grupo.

4. Tener una actitud colaborativa, constructiva y participativa dando feedback en las tareas realizadas y los envíos de correos electrónicos.

5. Guardar sigilo y confidencialidad de la marcha de las reuniones, cuando así se establezca, así como firmar el acuerdo de confidencialidad.

9. ACREDITACIÓN.

Las personas que soliciten certificado de participación como integrantes de la Comisión, deberán participar al menos en el 50% de las reuniones convocadas, ya sean presenciales o virtuales, participar activamente en el ritmo de la Comisión y realizar las tareas a las que se haya comprometido.

10. PERDIDA DE LA CONDICIÓN DE PARTICIPANTE DE LAS COMISIONES

Se perderá la condición de participante de una comisión:
1. Por decisión del Colegio Profesional al que pertenezca.

2. Por incumplimiento reiterado de los deberes establecidos. Para ello, deberá tomarse el acuerdo en la asamblea del Consejo Andaluz.

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